El problema que existe en Chile con la Ley REP es que uno puede observar que, si bien parte del inciso segundo de dicha norma dispone que “se prohíbe la importación de residuos peligrosos para su eliminación”, en la disposición siguiente posibilita inmediatamente la autorización de esos mismos cuando estos son ingresados al país para su revalorización, solo pudiendo ser autorizado por el Ministerio de Medio Ambiente dicho movimiento transfronterizo. Además, se dispone que habrá de dictarse un reglamento por el Ministerio de Salud donde se establecerán los requisitos, exigencias y procedimientos para la autorización de importación, exportación y tránsito de residuos. En palabras simples, se pueden tanto exportar como importar fácilmente baterías en desuso en zonas transfronterizas. Y sabemos, según el informe de la ONU ya mencionado, que en esas zonas, en Chile, los grupos criminales organizados son muy activos.