ARICA. Como un hito clave para robustecer la seguridad regional y entregar respaldo operativo a las policías y a las Fuerzas Armadas, autoridades de Arica y Parinacota valoraron la entrada en vigencia de la nueva Ley de Reglas de Uso de la Fuerza (RUF), publicada recientemente en el Diario Oficial tras su promulgación por el Ejecutivo.
La nueva normativa instaura un marco legal actualizado y preciso que delimita la actuación de Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones (PDI) y las FF. AA. en tareas de orden público, resguardo de infraestructura crítica y control fronterizo, otorgando mayor certeza jurídica a los uniformados y protegiendo los derechos de la ciudadanía.
Certeza jurídica frente a los desafíos fronterizos
Para la zona norte del país, el cuerpo legal adquiere una relevancia estratégica debido a los constantes desafíos vinculados al control limítrofe y el combate contra el crimen organizado.
«Esta ley representa un avance importante porque entrega un marco legal claro a quienes diariamente cumplen la tarea de resguardar la seguridad de las personas. En Arica y Parinacota enfrentamos desafíos asociados al control fronterizo, la delincuencia y el crimen organizado, por lo que es fundamental que nuestras policías y las Fuerzas Armadas cuenten con reglas precisas para actuar frente a situaciones de riesgo, con mayor certeza jurídica y dentro de la ley».— Cristian Sayes, Delegado Presidencial Regional de Arica y Parinacota
En la misma línea, la vocera regional recalcó el impacto positivo que tiene dotar al personal de lineamientos certeros ante contingencias complejas:
«Como Gobierno, estamos avanzando en medidas concretas para respaldar el trabajo de quienes tienen la responsabilidad de proteger a las familias. Para una región como la nuestra, donde la seguridad fronteriza es prioritaria, contar con este marco definido es fundamental para robustecer el trabajo institucional resguardando siempre la vida y la integridad de las personas».— Pollyana Rivera, Seremi de Gobierno
Los 5 grados del uso de la fuerza
Uno de los ejes medulares de la legislación es la delimitación técnica de la respuesta operativa, la cual contempla cinco niveles de uso de la fuerza:
- Presencia institucional: Disuasión preventiva.
- Técnicas de comunicación: Mediación, negociación y advertencias verbales.
- Reducción física de la movilidad: Control físico y contención sin armas.
- Fuerza menos letal: Utilización de armamento y elementos disuasivos no letales.
- Fuerza potencialmente letal: Empleo de armas de fuego en situaciones extremas legalmente tasadas.
El texto legal precisa que la aplicación de estos niveles no requiere un orden correlativo ascendente obligatorio, posibilitando que el personal adapte la respuesta táctica a la gravedad, riesgo y resistencia del hecho concreto.
Principios rectores y despliegue militar
Toda intervención contemplada bajo esta ley estará regida por cuatro principios fundamentales:
- Legalidad: Apego estricto a la legislación y facultades vigentes.
- Necesidad: Empleo de la fuerza únicamente cuando no existan otros medios eficaces.
- Responsabilidad: Sujeción a los controles y mecanismos institucionales de rendición de cuentas.
- Racionalidad: Proporcionalidad entre la agresión o amenaza y la medida aplicada.
En cuanto a las Fuerzas Armadas, la ley fija los límites y protocolos de actuación cuando sean convocadas a labores de orden y seguridad interior, tales como resguardo de áreas de frontera, protección de infraestructura estratégica o durante estados de excepción constitucional.
La implementación total de la normativa contempla un plazo de un año para la redacción y entrada en vigor de los reglamentos complementarios. Durante este periodo de transición, se mantendrán vigentes los protocolos institucionales previos que no contravengan las disposiciones de la nueva ley.
