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Declaran admisible querella contra Piñera por por supuesto uso arbitrario de test PCR

El 7° Juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible una querella contra el Presidente Sebastián Piñera por supuesto uso arbitrario de los exámenes PCR que se utilizan para detectar el coronavirus.

Al Mandatario se le acusa por su presunta responsabilidad en los delitos de detención arbitraria, torturas, denegación de auxilio y abandono de destino, y abuso contra particulares.

Argumentos de la querella

Supuesto fraude

La acción judicial, que fue interpuesto por el abogado Eduardo Waghorn en representación de Rodolfo Guerra, sostiene que el examen PCR no es sometido a análisis y que solo se trata de “una toma de muestra errática, carente de toda precisión, la que no resiste ningún análisis científico y constituye un verdadero fraude que ha ocasionado sufrimiento, incomodidades, molestia como mínimo a millones de habitantes de Chile”.

El escrito detalla que “con fecha 19 de mayo de 2020 la Doctora Paula Daza Narbona, en ese entonces -y aun actualmente- Subsecretaria de Salud Pública (?) dicta la Resolución Nº 4, que aprueba términos de referencia, califica urgencia y autoriza recurrir a la modalidad de trato directo para la adquisición de 1.000.000 de kits para telediagnóstico molecular de SARS-COV-2”.

Y agrega que “es del caso señalar que el examen del PCR tiene dos momentos: 1° Cuando se toma la muestra y luego 2, cuando se realiza el análisis de dicha muestra. Al efecto, los kits que compró el Ministerio de Salud solo sirven para el primer punto, esto es, la toma del PCR. La dictación de esta norma en orden a comprar 1.000.000 de tales dispositivos, validó y oficializó una toma de muestra errática, carente de toda precisión, la que no resiste ningún análisis científico y que en definitiva, constituye, como se verá, un verdadero fraude que ha ocasionado sufrimiento, incomodidades, molestia como mínimo a millones de habitantes de Chile: entre ellos mi representado, quien debió realizarse dicho examen numerosas veces y descubrió que simplemente carece de todo fundamento o base científica”.

En ese sentido, el libelo consigna que “un resultado positivo del test puede significar que la persona puede haber estado en contacto con el virus, pero no implica que esté infectado y menos aún que dicha persona sea infectante, es decir, que pueda contagiar a otra persona con el virus que porta”.

Afectación de la integridad física y síquica

Además, recalca que “la incorporación obligatoria de dicho examen como requisito para realizar innumerables actividades de la vida cotidiana, más aún, el haber diagnosticado como positivos a millones de personas sin tener total certeza de dicho diagnóstico, implica la total afectación de la integridad física y síquica de mi representado, y evidentemente constituye la base de una serie de delitos que emanan directamente de esta Resolución y de muchísimas otras normas administrativas que integran la normativa sanitaria”.

Lo anterior, relacionado con las cuarentenas y aislamientos que deben cumplir aquellas personas que han dado positivo en el examen, apuntando a la responsabilidad que tendría el ministro de Salud, Enrique Paris, quien, según el texto, “ha propugnado la búsqueda activa de casos COVID-19 mediante la utilización indiscriminada del test PCR, considerando que, como se ha señalado, este test carece de todo fundamento científico”.

Sin embargo, también hace referencia al exministro Jaime Mañalich, ya que ambos “han validado y aún perpetuado el examen del PCR, lo han difundido y prescrito como obligatorio para miles de habitantes del país”.

Al respecto, la querella establece que “no es ético, moral, ni constitucional, y por cierto constituye una ilegalidad, el presionar sin una base científica ni un proceso objetivo, verídico y transparente, como se ha hecho a mi representado y a millones de personas, exigiendo el examen de marras, un examen totalmente fraudulento, para efectos de poder funcionar, realizar los trámites más básicos, como viajar, trabajar, permanecer en sus empleos, etcétera”.

En esa línea, el documento deja manifiesto que “los querellados han privado de la libertad personal tanto a mi representado como a millones de habitantes de nuestro país, en nombre de la salud pública, pero sin contar con fundamentos para hacerlo ni cumplir con los requisitos previstos por la normativa para su procedencia”, aludiendo a las cuarentenas y al “extenso toque de queda impuesto durante este periodo”.

Supuestos actos de tortura y denegación de auxilio

Al respecto, el querellante sostiene que la privación de libertad tanto de su representado como de su familia, le han provocado un sufrimiento síquico que se han manifestado en estrés, confusión, ira y ansiedad.

Asimismo, plantea que califica como hechos de denegación de auxilio y abandono de destino al hecho de que los querellados han dejado en total desprotección tanto a su representado como a su familia y “a millones de habitantes del territorio nacional, producto de la falta de entrega de información objetiva y fidedigna”.

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