Defensoría del Pueblo: las normas ausentes en el proceso constitucional

El movimiento de los derechos humanos ya lo solicitaba al señalar que “planteamos la existencia de la Defensoría de los Pueblos con rango constitucional, destinada a promover, proteger los derechos humanos y prevenir su trasgresión, que garantice que todas las personas tengan una debida defensa frente a las afectaciones a sus derechos. Dicho organismo debe dar alcance a la amplitud de los DD.HH. y estar dotadas de atribuciones que permitan efectivamente monitorear y perseguir judicialmente, así como contar con los recursos monetarios financieros, materiales y humanos para el cumplimiento de sus objetivos y funciones”. 

El movimiento de los derechos humanos ya lo solicitaba al señalar que “planteamos la existencia de la Defensoría de los Pueblos con rango constitucional, destinada a promover, proteger los derechos humanos y prevenir su trasgresión, que garantice que todas las personas tengan una debida defensa frente a las afectaciones a sus derechos. Dicho organismo debe dar alcance a la amplitud de los DD.HH. y estar dotadas de atribuciones que permitan efectivamente monitorear y perseguir judicialmente, así como contar con los recursos monetarios financieros, materiales y humanos para el cumplimiento de sus objetivos y funciones”. 

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