TPP11 Y DL 600

El DL600 del año 1974 tuvo un doble virtuosismo, por una parte, conceder certeza jurídica al inversionista al instituir el contrato de inversión extranjera que se suscribía en representación del Estado de Chile y, por otra parte, exigir la revisión de los antecedentes del inversionista y de su proyecto de inversión, permitiéndole al país analizar la conveniencia o inconveniencia de la inversión y, en consecuencia, autorizar o reprobar la suscripción del referido contrato. 

El DL600 del año 1974 tuvo un doble virtuosismo, por una parte, conceder certeza jurídica al inversionista al instituir el contrato de inversión extranjera que se suscribía en representación del Estado de Chile y, por otra parte, exigir la revisión de los antecedentes del inversionista y de su proyecto de inversión, permitiéndole al país analizar la conveniencia o inconveniencia de la inversión y, en consecuencia, autorizar o reprobar la suscripción del referido contrato. 

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